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Peritos y Derechos del Consumidor | ![]() |
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En españa se reconoce un plazo de garantía de dos años en la adquisición de productos de naturaleza duradera, y nuevos. Es a partir del momento de compra del producto de consumo, cuando el consumidor puede hacer efectivos sus derechos de garantía de dos años. En el caso de bienes de segunda mano, se podrá pactar un plazo de garantía no inferior a un año. |
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| Grandes firmas electrónicas no prestan el servicio de garantía que exige la legislación española, y en base a ello transcurrido el primer año de uso y antes del segundo, se requiere una peritación o peritaje del producto para averiguar si tiene o no, defectos o negligencias de uso por parte del consumidor. | |||||||||
| (Llámenos, expónganos brevemente su situación y le asesoraremos sin compromiso.) | |||||||||
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