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Historia de los Peritos Titulados. PeritsBarcelona

Durante mas de una centena de años de profesión, las Universidades han formado centenares de miles de profesionales con las titulos oficiales universitarios de " Peritos", " Directores de Industrias", "Técnicos Industriales", "Peritos Industriales", "Ingenieros Técnicos", "Ingenieros Técnicos Industriales", y finalmente "Ingenieros Técnicos especialistas". Todos ellos han contribuido decisivamente en el desarrollo tecnológico y en el bienestar de los ciudadanos de nuestro país.

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En España y en el ámbito industrial, debemos considerar el Real Decreto del 17 de agosto de 1901 de Romanones como punto de referencia de la creación del título de Perito, es decir, de una nueva profesión. A modo de ejemplo, en el libro conmemorativo L’Escola Industrial de Terrassa 1902–2002. Cent Anys de Vida Universitària, que incluye la relación de titulaciones impartidas por la escuela por años y especializaciones, para 1902 leemos: Título Perito - Especializaciones Mecánica, Electricista, Químico, Industrias Textiles.

Una instancia elevada a Instrucción Pública, en representación de los Peritos mecánicos electricistas que obtuvieron su título en la Escuela Superior de Artes e Industrias de Madrid, solicitando que “se determinen los cargos para los cuales habrán de ser preferidos los poseedores del mencionado título”, dio lugar a la Real Orden del 26 de agosto de 1903, que dispuso que los alumnos “ que hayan obtenido el título de Perito mecánico electricista” en la Escuela Superior de Artes e Industrias de Madrid “con sujeción al plan de estudios del 20 de agosto de 1895, o el certificado equivalente, con arreglo al del 4 de enero de 1900, y los que en la citada o en otra escuela adquieran el título de Perito industrial en las condiciones que determinan el Real Decreto del 17 de agosto de 1901 y su complementario de 10 de enero de 1902, se han de considerar oficialmente autorizados:

1. Para servir de ayudantes a los Ingenieros Industriales, con preferencia a cualquier otro aspirante que no acredite haber cursado y aprobado éstos o más extensos estudios.

2. Para firmar proyectos y realizarlos en obras particulares cuya importancia no exija la intervención de un Ingeniero industrial.

3. Para informar como Peritos en cuestiones de su especial competencia.

Además, serán preferidos en el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, y recomendados por éste a los demás Ministerios, para la provisión, dentro de la demás condiciones que la regulen, de aquellos cargos públicos que requieran conocimientos técnicos de su especialidad”.


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